En 2011, más de 169 millones de parejas decidieron
darse el "sí, quiero", al mismo tiempo que otros 56 millones de
matrimonios rompían de forma definitiva. Como consecuencia de estas
separaciones, en nuestro país se decide sobre la custodia de más de 735 millones
de menores al año. Pero la actual ley de divorcio ¿por cuál de los cónyuges se
decanta? Según el Instituto Nacional de Estadística, en ocho de cada diez casos
de divorcio la custodia recae sobre la madre, mientras que solo en uno de cada
diez lo hace sobre el padre.
De acuerdo con la actual legislación, el cónyuge que no se haya quedado con los hijos tiene la obligación de proporcionar una pensión alimenticia a su expareja hasta que los niños sean independientes económicamente o cuando, aun siendo mayores de edad, no sean independientes por causas no imputables a ellos. Esta pensión pretende cubrir las necesidades básicas de los hijos, ya sea nutrición, indumentaria, salud, educación, etc. En España, la cuantía media de estos pagos se sitúa entre los 200 y los 400 euros por cada niño.
Pero también existe un régimen de custodia compartida, en la que ambos padres ejercen de forma directa y total todos los deberes y funciones que conlleva la crianza de los hijos. Se comparten las decisiones importantes como en qué país vivirá el menor, a qué colegio irá, en qué idioma estudiará, qué médicos le atenderán, etc. En pocas palabras, compartir la custodia es seguir siendo y ejerciendo de padre y madre en las mismas condiciones en que se hacía antes del divorcio. La distribución del tiempo que el menor pasa con cada uno de ellos debe hacerse en la mediación familiar, previa al proceso de separación-divorcio, atendiendo a las circunstancias laborales y de disponibilidad de los mismos. En relación a las pensiones lo lógico es que ambos progenitores se hagan cargo, al 50% cada uno, de todos los gastos de los hijos.
De acuerdo con la actual legislación, el cónyuge que no se haya quedado con los hijos tiene la obligación de proporcionar una pensión alimenticia a su expareja hasta que los niños sean independientes económicamente o cuando, aun siendo mayores de edad, no sean independientes por causas no imputables a ellos. Esta pensión pretende cubrir las necesidades básicas de los hijos, ya sea nutrición, indumentaria, salud, educación, etc. En España, la cuantía media de estos pagos se sitúa entre los 200 y los 400 euros por cada niño.
Pero también existe un régimen de custodia compartida, en la que ambos padres ejercen de forma directa y total todos los deberes y funciones que conlleva la crianza de los hijos. Se comparten las decisiones importantes como en qué país vivirá el menor, a qué colegio irá, en qué idioma estudiará, qué médicos le atenderán, etc. En pocas palabras, compartir la custodia es seguir siendo y ejerciendo de padre y madre en las mismas condiciones en que se hacía antes del divorcio. La distribución del tiempo que el menor pasa con cada uno de ellos debe hacerse en la mediación familiar, previa al proceso de separación-divorcio, atendiendo a las circunstancias laborales y de disponibilidad de los mismos. En relación a las pensiones lo lógico es que ambos progenitores se hagan cargo, al 50% cada uno, de todos los gastos de los hijos.
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Se rompió el amor |
En nuestro país, el ministerio de justicia se ha
propuesto modificar la legislación con el objetivo de que la custodia
compartida deje ser la excepción (solo uno de cada diez casos) y comience a ser
la regla en las separaciones familiares. Algunas Comunidades Autónomas ya
han legislado en este sentido. Aragón aprobó en 2010 una ley pionera en España
que establecía la custodia compartida como régimen prioritario en procesos de
divorcio en caso de que no hubiese acuerdo entre los padres. A raíz de su
aplicación, los casos de custodia compartida se multiplicaron por cinco. En
2011 se sumaban la Generalitat Valenciana, con la Ley de Custodia Compartida, y
Cataluña, con otra ley relativa a la persona y la familia. Con la reforma
anunciada por el Ministro Ruiz Gallardón, España sigue el camino de otros
países Europeos como Alemania, Francia, Reino Unido, Suecia o Italia, que ya
han establecido la custodia compartida como régimen prioritario en caso de
divorcio. Especialmente curioso es el caso de Suecia, donde según un estudio
llevado a cabo sobre niños de quince años en régimen de custodia compartida,
éstos tienen menor riesgo de toxicidad, tabaquismo, fracaso escolar o de relaciones sexuales
prematuras.
La custodia monoparental en beneficio de la madre se pensó para una sociedad en la que el rol de la mujer era el de mantener el hogar y criar a los hijos. La madre, que es sobre quien normalmente recae la custodia, debe afrontar sola la parte más dura de la crianza de los hijos. El padre, por su parte, se encarga de la parte "divertida", dedicando los fines de semana a actividades de ocio con los niños. Con la custodia compartida, sin embargo, ambos cónyuges parten de una situación de igualdad desde el momento de la ruptura de la unidad familiar. Pero los tiempos cambian, y en una sociedad donde tanto la mujer como el hombre trabajan y juegan iguales papeles en el mantenimiento de la economía familiar y la crianza de los hijos, lo natural es que se comparta la custodia.
La custodia monoparental en beneficio de la madre se pensó para una sociedad en la que el rol de la mujer era el de mantener el hogar y criar a los hijos. La madre, que es sobre quien normalmente recae la custodia, debe afrontar sola la parte más dura de la crianza de los hijos. El padre, por su parte, se encarga de la parte "divertida", dedicando los fines de semana a actividades de ocio con los niños. Con la custodia compartida, sin embargo, ambos cónyuges parten de una situación de igualdad desde el momento de la ruptura de la unidad familiar. Pero los tiempos cambian, y en una sociedad donde tanto la mujer como el hombre trabajan y juegan iguales papeles en el mantenimiento de la economía familiar y la crianza de los hijos, lo natural es que se comparta la custodia.
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Los niños son los que más sufren |
En definitiva, si el régimen compartido se generalizase, beneficiaría en gran medida a los niños, que tienen el derecho a disfrutar de sus padres de forma equitativa. Por eso, además de ser una garantía de igualdad entre la madre y el padre, la custodia compartida es una decisión que se toma a favor de los hijos, quienes no tienen la culpa de las decisiones tomadas por sus padres. Lo ideal sería una relación continuada, equilibrada y directa con ambos progenitores, con independencia de la relación sentimental que les pueda unir a ellos. A largo plazo esta ley puede contribuir a cambiar la concepción que hasta ahora se tenía de las custodias y educar así a la sociedad a favor de un mayor entendimiento entre los padres.
Att: Rousse
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